Abinader solicita al Congreso agilizar  modificación de ley de Compras y Contrataciones

La modificación, propuesta por la exsenadora y ministra de Interior y Policía, Faride Raful, tiene como objetivo derogar la Ley 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, vigente desde 2006. 

El presidente Luis Abinader solicitó este jueves al Congreso Nacional acelerar la aprobación del proyecto de ley que modificará la Ley de Compras y Contrataciones, con el fin de implementar sanciones más severas contra la corrupción y mejorar el marco regulador de las contrataciones del Estado.

La modificación, propuesta por la exsenadora y ministra de Interior y Policía, Faride Raful, tiene como objetivo derogar la Ley 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, vigente desde 2006. 

Esta nueva normativa establecerá un sistema más estricto de consecuencias para los infractores, buscando evitar la impunidad en las adquisiciones del Estado.

Carlos Pimentel, director de Contrataciones Públicas, subrayó que uno de los aspectos fundamentales de la reforma es restablecer el régimen de consecuencias que había sido eliminado en 2006, lo que, según él, promovió la impunidad en el país. 

"Cuando aprobaron la ley de Contrataciones en 2006, al mismo año la modificaron y eliminaron el régimen de consecuencias, lo que sembró la impunidad en la República Dominicana", manifestó Pimentel.

Esta solicitud de Abinader y Pimentel se dio en el marco de la presentación de la República Dominicana como sede de la Conferencia Internacional Anticorrupción (IACC) en 2026, un evento que subraya el compromiso del país en la lucha contra la corrupción.

Prohibiciones que propone proyecto de ley

El artículo 25 prohíbe a los exfuncionarios gestionar o representar intereses privados y particulares ante la institución a la que prestaron sus servicios, o ante las instituciones que les sean subordinadas, durante los 12 meses siguientes a la fecha de su salida del cargo.

También castiga con uno a tres años de prisión a los que incurran en falsedad en las declaraciones juradas requeridas para registrarse como proveedor del Estado o para participar de un procedimiento de contratación.

Además, sanciona con dos a cinco años de prisión y hasta multa de 50 salarios mínimos a los servidores del Estado que, en ejercicio de sus funciones intervengan en la tramitación, aprobación o celebración de un contrato, de manera dolosa, en violación al régimen de inhabilidades y prohibiciones previsto en la presente ley.

El proyecto establece que, cada institución contratante deberá contar con un apartado integrado a su portal institucional en donde se agrupen las informaciones y documentaciones relativas a su actividad contractual, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a estas.

Establece que los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta 30 % del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de la ley.