Colegio de Abogados afirma Cámara de Cuentas no tiene facultad para auditar gremio

Santo Domingo.- La Junta Directiva Nacional del Colegio de Abogados de la República Dominicana destacó el manejo transparente de sus recursos, los cuales han sido auditados anualmente por firmas auditoras reconocidas en el país como son Luperón Ramírez & Asociados y otras, y cuyas operaciones contables son publicadas mensualmente en su portal www.colegiodeabogados.org.

Indicó que la actual administración presidida por Miguel Surun Hernández se ha caracterizado por un manejo pulcro y eficiente de los recursos, destinando mayor inversión de los mismos a capacitación gratuita para los abogados, remodelación y apertura de locales, adquisición de nuevas tecnologías y en otras iniciativas en favor de la clase jurídica nacional. Asimismo ha mantenido la defensa de los mejores intereses del sector.

La Junta Directiva Nacional del Colegio de Abogados informó en rueda de prensa que en varias ocasiones el gremio ha solicitado a la Cámara de Cuentas y a la Contraloría General de la República su acompañamiento y asesoría para seleccionar una firma auditora privada, independiente y reconocida, para que audite los recursos del gremio, lo que demuestra la intención de trabajar en conjunto y de que prevalezca la pulcritud y la transparencia.

Agregaron que a pesar de realizar estas y otras solicitudes por escrito el 10 de diciembre del 2020, el 28 de junio del 2021 y en otras ocasiones el CARD no ha recibido respuesta.

El gremio destacó que “La Cámara de Cuentas de la República Dominicana no tiene facultad legal para auditar los recursos del Colegio de Abogados de la República Dominicana debido a que el artículo 248 de la Constitución, así como los artículos 1 y 3 de la Ley 10-07 que la crea, especifican claramente que dicha entidad solo puede ejercer control y auditoría a instituciones que manejan recursos públicos, que No es el caso del gremio, cuyos fondos provienen de tasas  por concepto del servicio de fiscalización de abogados”

La Junta Directiva Nacional del CARD explicó al país que: “El Colegio de Abogados no es una entidad estatal, no maneja patrimonio estatal, no recibe fondos del presupuesto, ni recursos públicos, sino que le paga el 10% al estado por el cobro de dichas tasas, tal como lo confirma una certificación emitida por la Dirección General de Presupuesto y la Sentencia TC/0288/20, de fecha 21 de diciembre del 2020, por lo que nos resulta altamente sospechoso las intenciones que tiene  la Cámara de Cuentas de auditarnos y  violentar su propia legislación y la Carta Magna”.

“La Junta Directiva rechazó de manera contundente el acto de “puesta en mora” de la Cámara de Cuentas, por ser temerario, abusivo, arbitrario y calumnioso, pues nunca ha habido resistencia a la transparencia, todo lo contrario, les solicitamos a auditores de dicho órgano la copia de la resolución del pleno de la Cámara de Cuentas en virtud de la cual  actuaban, la cual se niegan a entregar, a pesar de pedirla reiteradas veces mediante comunicación  del 5 de agosto del 2021. En dicha misiva también manifestamos nuestra disposición a cooperar con el cumplimento de la Ley, en materia de fiscalización y transparencia de los recursos del Estado”.

Ley del CARD y potestad de la Cámara de Cuentas

Los abogados aclararon que la Ley 3-19 del CARD en su artículo 74 habla de la Fiscalización y Control de los Fondos y establece que los fondos provenientes de las contribuciones reguladas por esta ley estarán sujetos a la fiscalización de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana.

Explicaron que tomando en cuenta esto debe de quedar bien claro en la opinión pública nacional la diferencia entre los términos de fiscalizar y de auditar.

El proceso de fiscalización no es más que la supervisión, asesoría y acompañamiento para que el Colegio mantenga el control, la eficiencia y garantía de un buen manejo de sus recursos, mientras que una auditoría es una Inspección o verificación de la contabilidad de una entidad, realizada por un auditor.

“¿Por qué la Cámara de Cuentas tiene la facultad de fiscalizar y no de auditar al CARD? Tiene la facultad de fiscalizar porque el Colegio de Abogados maneja potestades públicas que son aquellas que de origen pertenecen al Estado y que el Estado la sede para que un ente privado la ejerza, como también opera por ejemplo con la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo y otras entidades. Pero potestades públicas no son lo mismo que recursos públicos”, explicaron los togados.

Agregaron que “Por esta razón y por las confusiones que se generan con este tema, y por las intenciones malsanas de auditar y no de fiscalizar, advertimos al país que la abogacía nacional estará atenta y unida en defensa de nuestros derechos y vamos a indagar si existen manos políticas ocultas detrás de todo esto con intenciones de hacer daño”, señaló.