Consultor Jurídico dice Abinader no está obligado a tomar licencia por reelección

El consultor jurídico el Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, informó que el presidente de la República, Luis Abinader, no tiene la obligación de solicitar licencia por el hecho de anunciar su aspiración a una nueva postulación a la candidatura presidencial por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), como indicó el miembro de esa organización Ramón Alburquerque.

A través de su cuenta de Twitter, Peralta calificó de errada la afirmación de Alburquerque sobre la obligación de licencia de Luis Abinader, debido al artículo. 145 párrafos II y III de la ley 20-23 electoral.

En ese orden, indicó que no solo los cargos electivos están exceptuados, sino que no todos los puestos públicos están, incluidos. Asimismo dijo que, en todo caso, la suspensión legal para el puesto que aplica la ley, surte efecto cuando es admitida la candidatura. Sin embargo, no en esta fase del proceso electoral.

Régimen Electoral

Peralta citó a través de un comunicado el párrafo II del artículo 145 de la Ley 20-23 del Régimen Electoral, que dice textualmente: "Todo funcionario o empleado público de los organismos autónomos del Estado y de los ayuntamientos, que, de acuerdo con la Constitución y las leyes, sean postulados por un partido, agrupación o movimiento político para cargos de elección contenidos en la Constitución y las leyes. Desde el momento en que su candidatura sea aceptada por la Junta Central Electoral o la junta electoral correspondiente, quedará suspendido en sus funciones sin disfrute de sueldo, hasta el día siguiente de las elecciones".

Sobre el comunicado dijo: “El hecho de que la ley solo incluya en esta medida de suspensión a los funcionarios de órganos autónomos del Estado y de ayuntamientos parece una inadvertencia del legislador, no así la excepción expresa de los cargos electivos”.