Dentro de las nuevas medidas, a partir de ahora deberán presentar una nómina de personas con la cédula de identidad y electoral que se corresponda con la persona contactada.
Se necesita que las respuestas del elector (ciudadano o ciudadana) en relación que se otorgue o no el reconocimiento a la organización política en formación solicitante, cuya respuesta será emitida con un sí o un no, según el criterio de cada elector.
La muestra de los electores, por provincias, municipios, sector y calles, para ser comprobadas, se debe contactar más del cincuenta y un (51%) por ciento de los electores que hayan sido sometidos como ciudadanos y ciudadanas que apoyan la organización política en formación.
El personal designado por la Dirección de Partidos Políticos y la Dirección Nacional de Inspectoría, constatarán y verificarán los miembros de los organismos directivos, los cuales deben estar conformados por un mínimo de cinco (5) personas; quienes deberán ser convocados para la comprobación de la directiva provisional con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación en un lugar apropiado ubicado en la provincia o municipio de que se trate.
Para realizar la confirmación previa coordinación entre los supervisores de la Dirección de Partidos Políticos, inspectores de la Dirección Nacional de Inspectoría y los miembros de los organismos directivos provisionales de la organización política que se trate.