El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció la prohibición de circulación de vehículos de carga en todo el país durante los feriados de Navidad y Año Nuevo, como medida para reforzar la seguridad vial.
La resolución 013-2024 establece que la restricción iniciará el lunes 23 de diciembre a las 6:00 a. m. y concluirá el jueves 26 de diciembre a las 5:00 a. m., para las festividades de Nochebuena.
Para Año Nuevo, aplicará desde el lunes 30 de diciembre a las 6:00 a. m. hasta el jueves 2 de enero de 2025 a las 5:00 a. m.
Los vehículos que transporten mercancías prioritarias o perecederas podrán solicitar permisos especiales.
Esta excepción incluye camionetas, furgonetas, ambulancias, cisternas de agua, y vehículos destinados a emergencias, asistencia vial, mantenimiento o higiene urbana.
Sin importar el tipo de mercancía a transportar, no serán otorgados permisos a cargas especiales, tales como: Camiones con doble cola o doble remolque, cargas sobredimensionadas y/o con sobrepeso.
El incumplimiento a la disposición establecida en la presente resolución será sancionado con un (1) salario mínimo del que impere en el sector público descentralizado, de conformidad con el artículo 281 de la Ley Núm. 63-17, y el artículo 69 del reglamento 258-20, sobre transporte de cargas, tanto al propietario de la unidad como al conductor.
Como requisito los vehículos pesados deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos de Carga y autorizados por el Intrant, mediante permisos con protección QR para su fiscalización, obtenidos y pagados en línea, hasta el 21 de diciembre del año 2020, siguiendo las instrucciones disponibles en la página web www.intrant.gob.do.
Para la validez de los permisos de circulación los vehículos deberán cumplir con las resoluciones emitidas por la institución, sobre neumáticos lisos, luces LED, tuercas puntiagudas y la velocidad de 70 kilómetros por hora para vehículos pesados y la circulación por el carril derecho en carreteras.