El consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, aseguró que la Ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), cuenta con las limitaciones legales para que la obligación de entregar información a esa entidad se cumpla con el respeto a los derechos fundamentales.
Peralta explicó que el objetivo principal de la disposición citada es «proteger la seguridad nacional», razón por la cual obliga a todo el mundo a proveer informaciones que «eventualmente puedan comprometer este valor constitucional».
Se fundamentó en el artículo 11 de la norma, que «dispone que el tratamiento debe sujetarse a las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal, así como hacerse con las limitaciones y observaciones establecidas en la Constitución de la República y las leyes sectoriales».
La Sociedad Dominicana de Diarios (SDD) expresó preocupación por la disposición de que todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, están «obligadas a entregar a la DNI todas las informaciones que esta requiera sobre las cuales se tengan datos o conocimiento».
Más adelante castiga con hasta dos años de prisión a quienes se nieguen u oculten información.
«A simple vista esta disposición cumple con el principio de razonabilidad de interpretación y reglamentación de los derechos fundamentales, de conformidad con el artículo 74.2 de la Constitución, así como con el test de razonabilidad implementado por el Tribunal Constitucional, toda vez que el medio utilizado (tratamiento legal y conforme al debido proceso de determinadas informaciones) es proporcional al fin perseguido (la salvaguarda de la seguridad nacional)», indicó Peralta