JCE reitera que no son dominicanos hijos de extranjeros en condición migratoria irregular

El órgano emitió un comunicado en el que señala que en los últimos 12 años se han registrado en el país 241,103 nacimientos de extranjeros frente a los 2,915,930 dominicanos registrados en ese mismo período y aclaró cuáles son las condiciones establecidas en la Constitución para que una persona pueda ser considerada dominicana.

En el primero de estos requisitos se destacan que son dominicanos “los hijos e hijas de madre o padre dominicanos; quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia de esta Constitución, las personas nacidas en territorio nacional, con excepción de los hijos e hijas de extranjeros miembros de legaciones diplomáticas y consulares, de extranjeros que se hallen en tránsito o residan ilegalmente en territorio dominicano”

En tal sentido, la JCE explicó que se considera persona en tránsito a toda extranjera o extranjero definido como tal en las leyes dominicanas.

Asimismo, que para el “registro de los nacimientos de extranjeros en el país, los centros de salud deberán entregar a las madres extranjeras una constancia del nacimiento de sus hijos e hijas para su posterior registro por la Junta Central Electoral en un libro para extranjeros, con el propósito de dar cumplimiento a la aplicación combinada del artículo 28.2 de la precitada ley y el artículo 25.2 de la Constitución dominicana”

La Junta Central Electoral reiteró su «compromiso con la integridad y preservación de la soberanía nacional y con un registro civil robusto, fuerte y saneado»