Reservan para el 31 de marzo fallo de apelación caso Odebrecht

Santo Domingo. – Luego de 12 horas de audiencia, la Tercera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional se reservó para el próximo 31 de marzo el fallo del recurso interpuesto por el Ministerio Público contra la sentencia dictada en primera instancia en el Caso Odebrecht con el propósito de que los jueces sancionen debidamente a los acusados Víctor Díaz Rúa y Conrado Pittaluga.

Los encargados de emitir el fallo fueron los jueces Pedro Sánchez, Daniel Nolasco y Nancy Joaquín, a las 11:20 de la noche tras concluir el conocimiento de argumentos del Ministerio Público y de la defensa.

Los titulares de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, y la coordinadora de Litigación de ese órgano, Mirna Ortiz, así como por el fiscal José Miguel Marmolejos, fueron los encargados de representar al Ministerio Público quienes más adelante pidieron al tribunal declinar la presentación de nueva documentación que buscaba agregar al juicio la defensa del imputado Victor Diaz Rua.

Dificultades

Los fiscales pusieron sobre la mesa que deben ser rechazados las dificultades planteadas por la defensa sobre la doble persecución e inadmisibilidad del recurso del Ministerio Público. Al igual que otros.

Los delegados del MP pidieron el rechazo de los recursos de Ángel Rondón y Víctor Díaz Rúa por falta de fundamentos legales y deformar los hechos y pruebas.

De igual forma, el Ministerio Público apeló la decisión del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que condenó a cinco años de prisión a Víctor Díaz Rúa, al declararlo culpable de corrupción por enriquecimiento ilícito y por los US$92 millones de sobornos que distribuyó Odebrecht en República Dominicana para incidir en la adjudicación de contratos de obras pagadas con fondos de los contribuyentes.

Apelación

Por otra parte, el órgano de persecución penal además apeló la decisión del tribunal respecto al descargo del abogado Conrado Pittaluga Arzeno, a quien el Ministerio Público acusa de cómplice en el delito de soborno y de enriquecimiento patrimonial derivado de actividad delictiva y lavado de activos.

El Ministerio Público solicitó al tribunal acoger las imputaciones por lavado. Diaz Ruaya se condenó por enriquecimiento ilícito.. Mientras que para Pittaluga, acusado por lavado de activos provenientes de actos de hecho de sobornos, ha solicitado una condena de siete años de reclusión.

En el caso de Ángel Rondón, el Ministerio Público ha solicitado que se mantenga la sentencia consistente en ocho años de prisión dictada por el Primer Tribunal Colegiado.