El coordinador del programa el Sol de la Mañana, del grupo RCC Media, Julio Martínez Pozo, reiteró este lunes su rechazo a la ley 1-24 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), por atacar derechos fundamentales y violar las tramitaciones para su creación y posterior aprobación.
"El fondo del asunto es si viola o no, derechos fundamentales, y claro que los viola, los viola y los restringe de manera inaceptable" afirmó Martínez Pozo.
El comunicador quien calificó la normativa como "Draconiana" entiende que tuvo influencia del gobierno.
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"En honor a la verdad todo el mundo sabe que esta ley no se aprueba sin interés del gobierno, los funcionarios que intervinieron en esto no intervinieron por su cuenta" agregó.
Resalto el impacto que tendría la aplicación de la ley especialmente en los medios de comunicación escritos, y los que practican el periodismo opinativo.
"Entonces otra cosa inadmisible, no puede haber ninguna instancia ejecutiva que tenga derechos, si eso no esta autorizado por un juez"
"Si el DNI entiende que usted esta ocultando información, usted esta preso" enfatizó el periodista.
Sobre el artículo 26, explica que quien oculte informaciones requeridas por la DNI, sancionado con prisión menor de dos a tres años y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público.
Las organizaciones señalan que ese artículo viola el derecho a la libertad de expresión e información, menciona el artículo 49 de la Constitución que establece que toda persona tiene derecho a expresar libremente su pensamiento.
Quien divulgue o destruya informaciones sometidas a secreto oficial de la DNI, el artículo 27 explica que sancionado con prisión menor de dos a tres años y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público. Asimismo, el artículo 29 habla sobre las actividades de la DNI, las cuales están clasificadas, así como su organización y estructura interna, medios y procedimientos, personal, instalaciones, bases y centros de datos, fuentes de información y las informaciones o datos que puedan conducir al conocimiento de los asuntos que trate, conforme el reglamento de la presente ley.