Tribunal Constitucional se conserva el fallo de recurso contra reforma constitucional

Santos Berroa intimó al Senado y a la Cámara de Diputados ante el alto tribunal por considerar que la Ley 61-24 que ellos aprobaron para convocar a la Asamblea Nacional violó los artículos 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268 y 274 de la Carta Sustantiva.

El Tribunal Constitucional (TC) escuchó las solicitudes finales que le hicieron las partes involucradas en el recurso de inconstitucionalidad emprendido por la activista social Wendy Santos Berroa contra la Ley que declaró la necesidad de una reforma constitucional (61-24), ya materializada.

En representación del Senado, el abogado Alejandro Peña solicitó al pleno que el recurso se declare inadmisible por carecer de objeto, "ya que la ley que declara la necesidad de la reforma desaparece una vez la Asamblea Nacional se reúne".

Santos Berroa intimó al Senado y a la Cámara de Diputados ante el alto tribunal por considerar que la Ley 61-24 que ellos aprobaron para convocar a la Asamblea Nacional violó los artículos 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268 y 274 de la Carta Sustantiva.

En ese sentido, sus abogados piden que se declare inconstitucional y se anule, dejando sin efecto los cambios que hizo el Congreso bajo el entendido de que los aspectos cambiados requerían la celebración de un referéndum.

De manera subsidiaria y en caso de que el TC rechace este pedimento, el abogado Ramón Emilio Hernández Reyes solicitó que produzca una sentencia interpretativa en la que "establezca cuál es la interpretación del artículo 270 de la Constitución en lo referente a lo que se debe entender por necesidad de reforma".

La Cámara de Diputados se adhirió a esa posición y pidió declarar conforme a la Constitución en cuanto al trámite de aprobación la mencionada norma .

Presentadas las conclusiones finales, solo resta que el TC emita el fallo.