Santo Domingo.- El abogado Julio Cury sostuvo que en caso de comprobarse que el empresario Ramón Emilio Jiménez Collie, mejor conocido como Mimilo Jiménez realizó contribuciones ilícitas a la campaña al candidato presidencial del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Gonzalo Castillo imputado en la Operación Calamar conlleva una sanción punible o multa según la Ley 33-18 de Partidos Políticos, Agrupaciones y Movimientos.
Explicó que en ese caso no se trata de financiamiento que este es el que otorga el Estado dominicano cuando son terceros, personas físicas o jurídicas, sino que son contribuciones que en ese sentido el Ministerio Público incurre en un yerro inequívoco.
El comentarista en el rumbo de la mañana del Grupo RCC Media, Elvin Castillo preguntó que el hecho del delator Mimilo Jiménez ser mencionado por supuestamente entregar RD$3,957 MM en fundas a Gonzalo Castillo si no lo hace coimputable o encartado en el caso Calamar.
Cury respondió a la cuestionante y precisó que ¨no solamente debería ser cierta la versión fáctica del Ministerio Público, debemos de recordar que se trata de teorías recordar lo único que se retiene como verdad material es lo que el tribunal comprueba en través sentencias que tienen carácter firme o lo que es igual a la cosa irrevocablemente juzgada¨.
Reiteró de manera que eso es una teoría, que si esa persona de la que se dice que además de ser el portador de esa suma de dinero se ve también en la medida de solicitud que habían entregado al candidato presidencial del PLD, Gonzalo Castillo.
Consideró que si ese personaje Mimilo Jiménez ideó el método a través del cual identificó también los expedientes de expropiación y reunió a las personas que hicieron todo eso posible, entonces "estamos ante un coautor, no ante un cómplice".
Indicó que el cómplice es el que hace una labor auxiliar que no es esencial para la ejecución del elemento.
Significó que el coautor es el que tiene una participación igualmente importante o esencial que la de los demás, y sin la cual no fuese posible la comisión del hecho punible.
Manifestó que el criterio de oportunidad solo es posible luego de que el MP autorice a tramitar ese caso como complejo, lo cual no ha sucedido. Además que, aún fuese así y en su caso tampoco sería posible porque la aplicación del criterio de oportunidad está condicionada.
Se recuerda que Mimilo Jiménez, Francisco Pagán, José Arturo Ureña y Bolívar Antonio Ventura figuran como los principales delatores en la Operación Calamar señalada estructura de corrupción que investiga el Ministerio Público, en la cual han apresado a ex funcionarios del pasado gobierno.