El doctor Valentín Medrano planteó este lunes en el Sol de la Tarde, del grupo RCC Media, que la situación de los presos preventivos no solamente es un problema en el ámbito social, sino también una flaqueza existencial del sistema de justicia penal de la República Dominicana.
Asimismo, el jurista entiende que la prisión preventiva constituye una violación flagrante a la norma, ya que el Código Procesal Penal establece que la prisión es la excepción y la libertad, la regla.
“Por el contrario, la Constitución de la República en su artículo 69 manifiesta y define la prisión preventiva como un acto excepcional del proceso penal. La prisión preventiva no es más que una sujeción al proceso, ordenada por la norma para una persona que no tiene presupuesto suficiente para acudir de forma volitiva al proceso. Es decir, después por el carácter excepcional que usted desmonta la posibilidad, toda posibilidad de que una persona se encuentre sujeta al proceso, a través de una medida de coerción diferente a la prisión preventiva”, expuso.
Sostuvo que para aplicar la prisión preventiva, hay que desalojar al ciudadano de todo lo que se define como presupuesto en el artículo 229 del Código Procesal Penal.
Dijo que el Ministerio Público es el principal responsable de la alta población carcelaria en la República Dominicana, debido a que no hace otra cosa más que pedir prisión preventiva.
“El sistema de justicia en la República Dominicana está dividido en dos estamentos: el Ministerio Público, que lo define los artículos 169 y siguientes; y el poder judicial, que lo definen los artículos 149 siguientes. La culpa del ministerio público es que no sabe pedir otra medida que no sea la prisión preventiva”, adujo.