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Sentencian a ocho años de prisión hombre acusado de tráfico de drogas en Monte Plata

La sentencia, además, ordena la incineración de las drogas ocupadas al procesado al momento del arresto, que incluye 77.06 gramos de marihuana, 78.82 gramos de cocaína y 41.15 gramos de crack

Vicner Ogando
8 diciembre, 2024 - 12:24 PM
3 minutos de lectura
Sentencian a ocho años de prisión hombre acusado de tráfico de drogas en Monte Plata
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El Tribunal Colegiado de Monte Plata emitió la condena de 8 años de prisión contra un hombre acusado de tráfico de drogas en Monte Plata. 

La sentencia fue dictada contra Ernesto Abreu, quien deberá cumplir la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de Monte Plata y pagar una multa de RD$50 mil y las costas penales del proceso.

La sentencia, además, ordena la incineración de las drogas ocupadas al procesado al momento del arresto, que incluye 77.06 gramos de marihuana, 78.82 gramos de cocaína y 41.15 gramos de crack.

Asimismo, dispone el decomiso de RD$2,395.00 a favor del Estado dominicano y la destrucción de un revólver calibre 9mm., que también les fueron incautados durante la operación.

En la acusación, el Ministerio Público señala que Ernesto Abreu fue arrestado en flagrante delito en el sector Quilombo, en el municipio Sabana Grande de Boyá, el 6 de octubre del pasado año, cuando intentaba emprender la huida al notar la presencia de los agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) que realizaban un operativo en el lugar. Al momento de realizarle el registro les fueron ocupadas las drogas en una cartera pequeña.

La acusación presentada por el fiscal de Monte Plata, Félix Heredia Heredia, fue acogida por los jueces Hilda Nieves Sánchez Luna (presidenta del tribunal), Isaías Ronaldo Martínez Pérez y Johanna Giselle Reyes Moquete, quienes acogieron como buenas y válidas las pruebas aportadas por el Ministerio Público.

Los jueces adoptaron la decisión al establecer que Abreu violó las disposiciones contenidas en los artículos 5, literal A; 28 y 75, párrafo II, de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, y los artículos 66 y 67, de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

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