El Consejo Nacional de Seguridad (CNSS) suspendió la resolución que limita a una prueba de Covid por año.
A raíz del recurso de apelación presentado ante el Consejo Nacional de Seguridad (CNSS) por el Colegio Médico Dominicano (CMD) a la resolución 00237-2021, el cual limita las pruebas PCR a una sola por año a los afiliados privados de las administradoras de riesgos salud, el CNSS decidió suspenderlo.
Félix Aracena Vargas, gerente general del CNSS, pidió a la Sisalril aplicar el artículo 13 del Reglamento de Normas y Procedimientos para Apelaciones que establece “la interposición del recurso de apelación suspenderá, de forma inmediata, con la presentación de la solicitud de parte interesada, la ejecución de la decisión recurrida, hasta por un máximo de 90 días”.
El artículo 13 establece también que “si en dicho plazo de 90 días de haber recibido la solicitud de suspensión, el CNSS no decidiera sobre el recurso de apelación, se considerará denegada la solicitud, en cuyo caso la decisión recurrida adquirirá su efecto ejecutorio, hasta tanto el CNSS decida definitivamente sobre el recurso principal de apelación”.
“Ya suspendida la resolución de la Sisalril, lo importante ahora es sentarnos los diferentes actores en la Comisión que designó el CNSS para buscarle una solución a esta problemática,” dijo el dirigente.