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Asamblea aprueba modificación de la Constitución

Ana Aybar
Ana Aybar
14 octubre, 2024 - 9:38 PM
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La Asamblea Nacional Revisora aprobó la modificación de la Constitución de la República en segunda lectura.

El presidente de la asamblea, Ricardo De Los Santos, agradeció el trabajo y la participación de los legisladores de las diferentes organizaciones políticas. Dijo que oportunamente se les informará sobe la fecha de la proclamación de la carta magna, con sus nuevas modificaciones.

Artículos aprobados

El proyecto de ley, entregado por la Consultoría Jurídica del Gobierno, contiene la modificación de 10 artículos, que fue variado por los congresistas, después de que la comisión bicameral encargada de estudiarlo escuchara la posición de distintos sectores de la sociedad.

Además, aprobaron modificar el artículo 166 para cambiar el Procurador General Administrativo por el Abogado General de la Administración Pública.

Poder Ejecutivo

Asimismo, artículo 167 donde indica estos requisitos para que el nombre de esta entidad dependiente del Poder Ejecutivo sea Oficina del Abogado General de la Administración Pública.

En tanto, también registró variaciones en el artículo 169, donde detalla la definición y funciones del Ministerio Público. En este artículo fue adicionado “formular e implementar la política de persecución penal” dentro del texto, dejando el resto igual.

Sobre el artículo 171, en el que indica la forma de elección del titular de la Procuraduría General de la República (PGR), se modificó para que sea escogido por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

El titular no podrá tener ningún tipo de vinculación con las organizaciones políticas en los 5 años anteriores y tendrá un periodo de inamovilidad por un periodo de 2 años. También, incluyeron en los artículos 178, sobre integración, y 179, sobre funciones, del Consejo Nacional de la Magistratura al presidente del Tribunal Constitucional como parte del jurado que deberá ser parte del proceso de selección.

Por igual, fue aprobada la unificación de las elecciones municipales, congresuales y presidenciales para el periodo electoral 2032, establecida en el artículo 209 sobre asambleas electorales

 

 

 

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