Las declaraciones del diputado de La Romana, Eugenio Cedeño, han causado revuelo en toda la sociedad, al decir que no se deben penalizar el tener relaciones sexuales entre parejas sin consentimiento.
Sin embargo, la ley 24-97 condena toda agresión sexual y violación sexual de cualquier naturaleza que sea, cometido contra una persona mediante violencia, constreñimiento, amenaza, engaño o sorpresa.
La ley estipula que en el caso de las relaciones no consensuadas entre parejas, se podría sancionar con un máximo de veinte años de cárcel y una multa de cien mil a doscientos mil pesos a la persona que incurra en una actividad sexual no consentida.
En estos casos figura el empleo de fuerza, violencia, intimidación o amenaza. De igual forma, si a la pareja se ha anulado sin su consentimiento su capacidad de resistencia por cualquier medio; ya sea cuando por enfermedad o discapacidad mental, temporal o permanente.
La ley penaliza de igual forma la acción de obligar o inducir con violencia física o sicológica a su pareja a participar o involucrarse en una relación sexual no deseada con terceras personas