Dentro de las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional desacatadas por la Policía Nacional figura el incumplimiento del pago de pensión a dos niñas huérfanas, hijas de Miguel Ángel Morel Cuevas, un agente de la institución que resultó muerto en un atraco, en el año 2011.
Mediante la sentencia TC/0606/17 el Tribunal Constitucional declaró la inadmisibilidad del recurso de revisión constitucional, en materia de amparo, interpuesto por el Comité de Retiro de la Policía Nacional, contra una decisión previa emitida por el Tribunal Superior Administrativo (TSA), en el año 2014, que ordenaba el pago de la pensión a las menores.
"Una vez el Tribunal advierte que la parte recurrente incurrió en una omisión procesal –atribuible a su propia persona–, como no interponer el presente recurso en el plazo previsto por la ley, sino más bien, estando ventajosamente vencido el mismo, ha lugar a declarar la inadmisibilidad del recurso de revisión constitucional interpuesto por el Comité de Retiro de la Policía Nacional el veintidós (22) de mayo de dos mil quince (2015), contra la Sentencia núm. 00359-2014, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el cuatro (4) de noviembre de dos mil catorce (2014)", expresa la sentencia.
La acción de amparo se interpuso ante el TSA en el año 2014 por la señora Andrea D´olio Vicente, en calidad de tutora de sus hijas y la decisión del tribunal se recurrió por la Policía Nacional ante el Tribunal Costitucional.
La institución del orden alegó durante la audiencia que "Morel Cuevas no falleció en el cumplimiento del deber, sino que éste falleció en el momento en que perpetraba un atraco, y consideró que por esta situación no se les había otorgado la pensión a sus hijas". Actualmente las menores tienen 17 y 9 años de edad y aún siguen esperando por su pensión.