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"Los regímenes matrimoniales son inmutables" según experta

RCC-ADMIN
21 febrero, 2024 - 10:07 AM
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"Los regímenes matrimoniales son inmutables" según experta
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"Los regímenes matrimoniales son inmutables" dijo la experta en temas legales Laura Méndez, durante una entrevista en el programa El Mañanero que se transmite por La Bakana 105.7 FM de RCC Media.

Manifestó que una vez dos personas están casadas no pueden cambiar los estatutos bajo los cuales se unieron en matrimonio. "No se pueden cambiar, después que usted se casó ya eso no se puede modificar" dijo durante su intervención en El Mañanero. 

 

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TIPOS DE MATRIMONIOS

Matrimonio Civil

Es la unión de dos personas que se celebra antes un Juez, Alcalde o funcionario junto con la presencia de dos testigos mayores de edad.

Como en todo tipo de matrimonio se deberá acreditar previamente que los cónyuges reúnen los requisitos de capacidad exigidos ante la ley.

Los cónyuges estarán obligados a vivir juntos y ayudarse el uno al otro.

Matrimonio Religioso
El matrimonio religioso consiste en la unión de dos personas siempre de sexo opuesto, mediante el ritual que legitima fusión de los contrayentes antes los ojos de Dios.

Ambos integrantes de la pareja se comprometen a respetar los dogmas y las obligaciones de la religión en cuestión.

REGÍMENES MATRIMONIALES EN ESPAÑA
En nuestro país cualquiera que decida casarse es libre de establecer cualquiera de los tres regímenes matrimoniales.

Régimen de bienes gananciales
Es el que se establece por defecto cuando se contrae matrimonio. Este régimen defiende que las ganancias, y pérdidas, obtenidas durante el matrimonio, son fruto de la relación común de ambos cónyuges.

Sin que sea posible realizar una distinción de las mismas atendiendo a quién las haya generado.

Los bienes obtenidos antes del matrimonio o los recibidos a través de una donación o herencia junto con los objetos personales y materiales de cada cónyuge no tendrán que ser compartidos.

Régimen de separación de bienes
Los bienes obtenidos por cada uno de los cónyuges, tanto antes como después de la formalización del matrimonio, son privativos de cada uno, salvo aquellos que libremente decidan no incluir en este régimen.

En este caso se evitaran que las pérdidas o deudas puedan afectar directamente al patrimonio común.

Régimen de participación
Todos los bienes de ambos cónyuges, tanto aquellos generados durante el matrimonio como anteriores a este, serán considerados a todos los efectos como gananciales.

Este tipo de matrimonio implica la integración en el patrimonio familiar de todos los derechos y ganancias.

También de todas aquellas obligaciones y deudas adquiridas por cualquiera de los cónyuges

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