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Ray Guevara dice alcalde de La Vega debe ser escogido por votación; si Abinader lo designa, sería una “falta grave”

RCC-ADMIN
30 septiembre, 2024 - 3:52 PM
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Ray Guevara dice alcalde de La Vega debe ser escogido por votación; si Abinader lo designa, sería una “falta grave”
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Santo Domingo.- El expresidente del Tribunal Constitucional (TC), Milton Ray Guevara, dijo que no debería ser el presidente Luis Abinader quien elija un nuevo alcalde para La Vega, sino que, conforme a la ley electoral, se debe convocar a unas elecciones extraordinarias para escoger el intendente ante la designación de Kelvin Cruz como ministro de Deportes y la renuncia de la vicealcaldesa, Amparo Custodio.

Indicó, además, que Abinader cometería “una falta grave” y que el mandatario podría exponerse a un juicio político, que quizás no se efectúe porque no hay una oposición representativa, pero causaría revuelo a nivel internacional.

Añadió que sería una “usurpación de funciones” que sea el presidente de la República, Luis Abinader, quien designe y llene la vacante.

Explicó que es a la Junta Central Electoral (JCE) a quien le compete realizar la convocatoria de las elecciones extraordinarias.

“Serían unas elecciones extraordinarias parciales, porque ni siquiera es la provincia entera, es en el municipio de La Vega, entonces se levanta un acta en el consejo edilicio”, sostuvo.

Al ser entrevistado en el programa de transmisión matutina Hoy Mismo, de Color Visión, canal 9, señaló que conforme al artículo 95 de la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral, donde se refiere a las elecciones extraordinarias, se indica que el sufragio se convoca cuando hay una nulidad de las elecciones ordinarias o para cualquier otro fin.

“Elecciones extraordinarias: Son las que se efectúan por disposición de una ley; de la Junta Central Electoral o mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral, para proveer los cargos electivos correspondientes a divisiones territoriales nuevas o modificadas, o cuando sea necesario por haber sido anuladas las elecciones anteriormente verificadas en determinadas demarcaciones, de acuerdo con la ley o para cualquier otro fin”, citó textualmente el numeral 2 del referido artículo.

Subrayó que otra posibilidad es que no se haya aceptado la renuncia de Custodio, puesto que de no haberse aceptado esta sería una solución al inconveniente, asumiendo ella la titularidad del cabildo.

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